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domingo, 18 de septiembre de 2016

“Protocolo para la Prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual”


El hostigamiento y el acoso sexuales, son una práctica cultural que acecha especialmente a las mujeres en cualquier ámbito sea público o privado. Son prácticas violentas, abusivas y muy frecuentes; pasan a ser habituales y/o “naturales y es muy difícil para las mujeres verbalizar este tipo de violencia sexual, muchas veces por miedo, por vergüenza, por temor a represalias o hasta para no incomodar a otros, y prefieren callar.
Aun cuando estas prácticas se encuentran previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) y se encuentran tipificadas como delitos en el Código Penal Federal desde 1991, este tipo de delitos son pocas veces denunciados y muy pocas veces perseguidos, aun cuando instituciones especializadas han estimado que más del 45% de trabajadoras han enfrentado este problema.
Puebla los contempla en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal del Estado de Puebla los tipifica. (Artículos 278 Bis y 278 Ter).
Dice el Código Penal de Puebla:
“Comete el delito de hostigamiento sexual quien, valiéndose de una posición jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica o cualquiera otra que genere subordinación, asedie a otra persona, emitiéndole propuestas, utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual.” (Artículo 278 Bis)
“Comete el delito de acoso sexual quien con respecto a una persona con la que no exista relación de subordinación, lleve a cabo conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la pongan en riesgo o la dejen en estado de indefensión.” (Artículo 278 Ter)
Y se impone:
“Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días de salario y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la subordinación de la persona agredida.
Al responsable del delito de acoso sexual se le impondrá multa de cincuenta a trescientos días de salario. (Artículo 278 Quáter)

De manera que el problema de estas prácticas no radica en la legislación, sino en la implementación de programas integrales encaminados a promover la denuncia y a comprometer a los patrones a brindar los apoyos a las y los trabajadores que enfrentan este tipo de actos.
Por ello importante que en días pasados el Gobierno Federal haya presentado el “Protocolo para la Prevención, atención y sanción del hostigamiento y acoso sexual” que establece un marco de referencia para identificar conductas y prácticas de hostigamiento, que pudiesen haberse normalizado pero que tienen que desaparecer en el ámbito federal.
 Protocolo, publicado en el Diario Oficial de Federación el pasado 31 de agosto del 2016, que será la base para enfrentar casos contra la integridad física o psicológica de las/os trabajadores de la Administración Pública Federal.
Esta guía de actuación para las y los servidores públicos del Gobierno Federal puede ser la base para implementar de manera uniforme, homogénea y efectiva los procedimientos en esta materia en el ámbito de los Gobiernos de los Estados y los Gobiernos Municipales, ya que está diseñado desde una perspectiva de género y con base en los instrumentos internacionales y nacionales en materia de derechos humanos.
Se trata de convertirlo en un mecanismo integral para atender de manera transversal estas conductas no sólo en el ámbito de lo federal, sino también en los otros dos órdenes de gobierno, tanto los estatales como los municipales de manera que faciliten la denuncia, eviten la simulación y erradiquen la impunidad, para que hombres y mujeres servidoras/es públicas aspiren a vivir libres de violencias en los centros de trabajo.

@rgolmedo
Palabra de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.blogspot.mx
 

lunes, 12 de septiembre de 2016

DEBATE INEXISTENTE.


Seguí con atención las marchas convocadas durante el fin de semana con motivo del debate reiniciado sobre matrimonios igualitarios.
Llama mi atención el mensaje mediante el cual fueron convocadas por una asociación denominada “Frente Nacional por la Familia” (así en singular) para protestar en defensa de la familia “natural” ya que nadie he escuchado está en contra de ese tipo de familia.
Se entiende esta imprecisión en la convocatoria de esta asociación, si consideramos que todavía existen algunos grupos de la sociedad que tal vez no tengan conocimiento de la realidad en la conformación actual de nuestra sociedad.
Sólo para ejemplificar en México el 40% de familias de este país no son a imagen y semejanza de una familia “natural” (papá, mamá e hijos/as).
En todo México y en nuestro estado de Puebla actualmente hay múltiples tipos de familias que en términos de nuestra legislación actual y vigente están protegidas por la legislación. Tienen derechos y también deberes.
El debate sobre los conceptos de “familia” y de matrimonio, no es nuevo en México. Basta una mirada al pasado y al pasado reciente para comprobarlo.
Discutirlo nuevamente, no tiene mayor problema. Solo que debemos hacerlo sin necesidad de mentir a la sociedad en su conjunto.
Debatirlo tanto grupos conservadores, como interesados en el tema a partir de realidades que no podemos ocultar.
Reconocer e incluir todos los tipos y modalidades de familias. Incluso desde el lenguaje, mencionarlo en plural cuando abordemos este concepto, así todas y todos nos sentiríamos incluidos en la lucha; pero lo más importante, nos permitirá darnos cuenta la enorme diferencia que hay con las discusiones y debates pasados.
También considerar que desde el año 2011 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en el último párrafo del Artículo primero establece:
“…Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”
Esto nos remitirá necesariamente a reflexionar sobre el otro tema de las “manifestaciones” del fin de semana.
Debatir sobre la figura de un “matrimonio natural” es para este momento un debate inexistente, derivado de que el matrimonio civil es una figura jurídica que hoy está condicionada al respeto del derecho a la igualdad y a la no discriminación, hace mucho se retiró -por fortuna- la lectura de la Epístola de Melchor Ocampo.
Todas las personas que decidan contraer matrimonio civil libre y voluntariamente, pueden hacerlo, la ley los protege.
Incluidos los hombres y mujeres con preferencias sexuales diversas y lo pueden hacer en cualquier estado de la República. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo resolvió. Cualquier norma en el país es inconstitucional si “…limita la institución del matrimonio a la unión de un hombre y una mujer y/o que establezcan como fin imperioso del mismo la procreación o perpetuación de la especie.”
De manera que de lo único que se ha tratado la Iniciativa que se discute en el Congreso de la Unión sobre matrimonios igualitarios es para poner la redacción de esta norma, ya aprobada, en sintonía con lo ya autorizado.
Pero aún si no fuese así, esto es ya, un derecho adquirido, no puede estar sujeto al ánimo de nadie son derechos de las personas y son parte de la agenda de derechos humanos.
Por eso creo que este debate actual al que han convocado algunos grupos conservadores de nuestra sociedad es inexistente.
Espero que estas convocatorias a “sendas marchas” para debatir y discutir “aparentemente” de manera “amplia y plural”  se encaminen ahora a visibilizar que la discriminación coloca en desventaja a grupos sociales a quienes pretenden excluir del ejercicio de sus derechos, que eviten mensajes de odio en contra de otros grupos de nuestra sociedad y fundamentalmente que tengan como objetivo lograr construir una sociedad capaz de reconocer, asumir y enfrentar todo acto de discriminación y desigualdad.
@rgolmedo
Palabra de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.blogspot.com