Como se ha comentado en múltiples ocasiones, para avanzar en la defensa, protección, garantía y promoción de los derechos políticos de las mujeres, es necesario contar con dos elementos fundamentales: Leyes que permitan definir las reglas y procedimientos claros para su cabal ejercicio en la práctica; y, su efectiva aplicación con perspectiva de género para hacer cumplir esas leyes.
De
ahí la importancia de la decisión histórica de 2014, cuando se
logra la reforma constitucional en materia político-electoral que
eleva a rango constitucional el principio de
paridad entre mujeres y hombres para
candidaturas al Congreso de la Unión y a los Congresos Estatales.
Después
de ello, una serie de esfuerzos para superar los grandes retos de la
paridad en base a experiencias adquiridas en procesos electorales
subsecuentes, que demostraron que uno de esos retos tiene que ver con
la necesidad de contrarrestar los obstáculos
que las mujeres enfrentan en el ejercicio de sus derechos
político-electorales, uno de los cuales lo es, la violencia
política.
Por
ello era importante dar seguimiento a las iniciativas del Congreso
Local que a “contra-reloj” trabajaron los diputados y que
suponíamos -por la experiencia adquirida en el proceso del año
pasado- se daría paso a una revisión, estudio profundo y propuesta
de una normativa que tuviese una visión
integral para cerrar los círculos de esos
obstáculos a los que nos enfrentamos las mujeres; además y muy
importante, porque será la normativa a la que se ajustará el
proceso electoral 2018 que viviremos en el estado de Puebla.
Y
una vez más, -como ha sucedido en otras ocasiones, no sólo cuando
de mujeres se trata- no lograron construirla.
Si
bien se avanza y
aprueban la paridad horizontal y vertical en
postulaciones para los Ayuntamientos, dejan a las mujeres que serán
postuladas en paridad, en condiciones de vulnerabilidad, ya que No
incluyen en ninguna de sus partes, la
Violencia Política contra las Mujeres, que
permita garantizar el derecho pleno a la igualdad.
Pregunté
cuál era el motivo para no hacerlo y encontré una respuesta que
demuestra -con todo respeto- una vez más, la ignorancia de algunos
de los diputados.
Primero,
que porque solo estaba aprobada en el ámbito federal por una de las
Cámaras (la de Senadores) y que el procedimiento legislativo no ha
concluido; cosa cierta, pero que no es impedimento jurídico para
que el Congreso Poblano lo propusiera y aprobara. Y la otra respuesta
resultó de altísima ignorancia: que porque no estaba regulada en
otros estados de la República.
Solo
para que tomen nota los diputados poblanos 17
estados de la República han regulado la violencia política en sus
legislaciones locales: Aguascalientes, Baja
California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad
de México, Coahuila, Colima, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca,
San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Veracruz. (Fuente: Portales
Electrónicos de los Congresos Locales, actualizado al 28 de Junio
2017. Compendiado por: Teresa Hevia Rocha)
Tres
elevaron el concepto a
rango constitucional (Chiapas, Ciudad de
México y Colima).
Catorce
lo han hecho en sus Leyes Estatales de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
(Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Ciudad de
México, Coahuila, Colima, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, San
Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz).
Siete
lo realizaron en sus Leyes Electorales
(Aguascalientes, Ciudad de México, Colima, Jalisco, Nayarit, Oaxaca
y Sonora).
Uno
más lo hizo también en su Código Penal
(Oaxaca)
La
falta de estudio de los diputados poblanos, nos llevará una vez más
a las mujeres a enfrentar un proceso electoral en 2018 sin el
reconocimiento a la violencia política que se ejerce en nuestra
contra, -como sucedió en el proceso electoral del 2016- en contextos
libres de violencia, que inhibe el derecho a la igualdad de
condiciones para la participación política de las mujeres.
Una
vez más los diputados poblanos perdieron la oportunidad de cumplir
con su responsabilidad y se “lavan las manos” con un Acuerdo para
que el Instituto Estatal Electoral, establezca lineamientos en esta
materia.
¡Ah
qué los diputados poblanos! Remiten
justamente a establecer lineamientos, a la autoridad electoral que en
el proceso electoral anterior, fue el primero en ejercer violencia en
contra de las mujeres, al no garantizar y violentar los derechos de
quienes entonces fueron candidatas mujeres.
@rgolmedo
Palabra
de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.blogspot.mx
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