Sin
duda esta elección a Gobernadora y Gobernador en el estado de Puebla
ha estado impresa de una serie de irregularidades en la aplicación
de la normativa que rige un proceso electoral. Pareciera que hay un
gran desconocimiento acerca de los acuerdos, principios y tesis que
tutelan los valores fundamentales de elecciones libres y auténticas
y que implican la vigencia efectiva de las libertades públicas.
Uno
de ellos por ejemplo, tiene que ver con el principio de neutralidad
constitucional
exigida a todos los servidores públicos (Sala Superior, TEPJF,
166/2016): “El
voto no debe ser sujeto a presión y el poder público no debe
emplearse para influir en el electorado”.
Lo
comento por la serie de presiones que desde las diversas dependencias
del Gobierno del Estado de Puebla se está ejerciendo en contra de
trabajadores/as, profesores/ras. Todos los días se reciben quejas en
este sentido: Ejemplo cotidiano es que la SEP estatal ordena cambios
de adscripción o pide renuncias si se enteran que algunos profesores
y profesoras apoyan a la candidata Blanca Alcalá. Lo mismo sucede en
contra de trabajadoras/es del Gobierno del Estado y del Ayuntamiento
de Puebla.
Hace
unos días en un evento con profesores/as, una profesora inició su
participación mencionando en referencia justamente a las presiones y
amenazas que viven: “Nunca abuses del poder humillando y amenazando
a tus semejantes, porque el poder termina y el recuerdo perdura (…)”
En
Puebla, sin duda, el poder público estatal se ha empleado para
influir en el electorado mediante la presión, la amenaza y el miedo.
El principio de neutralidad es inexistente.
Otro
punto tiene que ver con la neutralidad
en la propaganda gubernamental,
fundamental para garantizar la equidad de las contiendas electorales.
En Puebla, durante toda la campaña se ha violentado el artículo 134
constitucional y se han cometido violaciones de servidores públicos
a los principios de imparcialidad en el ejercicio de recursos
públicos y neutralidad de cara a la contienda electoral, empezando
por el Gobernador Rafael Moreno Valle Rosas.
Y
qué decir de la constante violencia
política
ejercida, aun cuando hay manuales, acuerdos, criterios
interpretativos y un Protocolo para atender la Violencia Política en
contra de las Mujeres, que establece una ruta de actuación clara
para que las autoridades de forma coordinada respondan a las víctimas
de violencia que se presenten, en Puebla no son consideradas.
Todos
estos puntos fueron presentados en la sesión semestral del
Observatorio
Nacional de la Participación Política de las Mujeres,
del que soy parte, y que tiene como objeto “registrar los
obstáculos y avances de la participación política de las mujeres;
dar seguimiento a la labor que se realiza, en los ámbitos de
competencia a favor de los derechos político electorales; así como
utilizar un lenguaje incluyente en la elaboración de materiales
electorales” entre otros. Justamente con este propósito mi
intervención se centró en poner en la mesa de análisis, un reto
más de este Observatorio: registrar también, la serie de obstáculos
a los que se enfrentan las mujeres cuando ya son candidatas durante
una campaña política. Y lo hice en presencia de Lorenzo Córdova,
Consejero Presidente del INE, el Magistrado Presidente del TEPJF
Constancio Carrasco Daza, Santiago Nieto Castillo Fiscal
Especializado para la Atención de Delitos Electorales de la FEPADE y
la Lic. Lorena Cruz Presidenta de INMUJERES. Por cierto nueve estados
de la República han instalado ya, sus Observatorios Estatales,
Puebla por supuesto, no lo ha hecho.
Por
ello, trasciende en este proceso electoral poblano, la
sentencia de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF)
que
determinó que el Partido Acción Nacional (PAN) en Puebla, inobservó
la normativa electoral, mediante el uso indebido de un spot que
constituye violencia política en contra de la candidata Blanca
Alcalá.
En
la que este órgano jurisdiccional precisa la obligación que tiene
de advertir la presencia de focos rojos y ponerlos en evidencia,
analizarlos, investigarlos con responsabilidad, objetividad,
razonabilidad y prudencia (…) para disminuir y eliminar las
diferencias de trato social de género (…) las barreras y
obstáculos que discriminan a las personas por su condición de sexo
o género, considerando las situaciones de desventaja por el hecho de
ser hombre o mujer en determinado contexto (…) por
lo que este spot es ilícito al menoscabar la capacidad profesional
de la candidata, su capacidad como gobernante, su capacidad para
acceder a un puesto determinado, partiendo de su condición de ser
mujer.”
Sentencia
que sin duda sienta precedente y criterios sobre el uso de las pautas
de los partidos políticos para evitar expresiones que impliquen
discriminación, rechazo o generen por razón de género y preservar
los derechos humanos de las mujeres.
Si bien este
proceso electoral ha estado repleto de irregularidades de todo tipo,
los poblanos y las poblanas tenemos la oportunidad de revertir esos
agravios, intimidaciones, esas amenazas, esos temores que han
infundido, esa confusión y gran mentira que quieren hacer creer de
que ésta elección ya está definida; el día de la elección
ejerciendo nuestro derecho a votar libremente y hacerlo de manera
razonada en el momento en el que estemos en secreto ejerciéndolo.
¿Quién
de las candidatas y candidatos tiene las posibilidades de revertir
todos estos agravios cometidos en contra de las poblanas y poblanos?
Me
parece que quien puede hacerlo y ejercer un gobierno que dignifique
la política, cercano a la gente, que corrija, rectifique, sea
sensible a las necesidades de todos y todas, equilibre las
condiciones de vida de todos los municipios del estado y siente las
bases para reconstruir el tejido social tan dañado en Puebla es:
Blanca
Alcalá.
Les
invito a votar libremente y a ejercer nuestras libertades públicas,
razonando nuestro voto el 5 de Junio.
Correo
electrónico: rociog@prodigy.net.mx
@rgolmedo
Palabra
de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.blogspot.com
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