La red plural de mujeres de puebla y el poder judicial.
Hace dos años una nueva generación de mujeres se organizó en Red Plural de Mujeres de Puebla. Fuimos
invitadas a participar, algunas de las amigas de la primera generación del
entonces llamado Grupo Plural de Mujeres
organizado hace casi dos décadas; para celebrarlo, se convocó al Foro: Agenda transversal por la igualdad
sustantiva para la inclusión del principio de paridad de género en el sistema
judicial, el objetivo: encabezar la
Iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de
Puebla, para incluir el Principio Constitucional de Paridad.
Martha Tagle, Maru López Brun, Ricardo Adrián
Rodríguez Perdomo, Gustavo Adolfo García Hernández y una servidora fuimos
invitadas/os como ponentes.
Me correspondió abordar justamente el ¿Por qué necesaria la aplicación de este
Principio en el Poder Judicial de Puebla? y dejé para continuar todas/os la
reflexión, una segunda interrogante ¿Bastaría
con que haya más mujeres ocupando posiciones de decisión en condiciones de
paridad e igualdad para pensar que con ello se resuelva tanto el juzgar con
Perspectiva de Género (PEG) como el que por ese sólo hecho, se modifique la
forma de atender el acceso a la justicia para las mujeres?
A partir de estas interrogantes por supuesto es
urgente primero, incluir el Principio de Paridad en su normativa interna, para
después exigir su aplicación en el Poder Judicial, porque habrá que decirlo con
toda claridad, en los espacios de los Poderes Judicial -y también en el Ejecutivo-
el tema de la paridad de género está aún muy distante. Pero esto, hay que
reconocerlo también, no es suficiente, habría que acompañarlo de otras acciones
en paralelo.
Primero, porque con la llegada en el 2014 del
Principio Constitucional de Paridad, se hicieron visibles fenómenos que siempre
han estado presentes: problemas sistémicos y estructurales, que han generado
condiciones de profunda desigualdad para aquellas mujeres que aspiran a un
cargo o que se desempeñan como funcionarias.
Entre estos fenómenos, se encuentran los
estereotipos de género que perpetúan los roles tradicionales de hombres y
mujeres, las violencias que no permiten que las mujeres accedan a mejores
espacios políticos y económicos. Y debemos considerar otros factores que
afectan su acceso: la falta de políticas para una conciliación de la vida
laboral, familiar y la personal.
Por otro lado también, porque hay que redoblar
esfuerzos en torno a impulsar la vigencia de una política de igualdad de
género, estableciendo lineamientos para cumplir las obligaciones
internacionales en la materia, instrumentando acciones afirmativas en este
Poder, unificando los criterios generales de planeación, seguimiento y
evaluación de los esfuerzos para institucionalizar y transversalizar la
perspectiva de género (PEG).
Ello se podrá lograr consolidando el trabajo
de la Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos, -como se llama en
Puebla- que existe al interior del Poder Judicial para dotarla de los recursos
y de las capacidades necesarias para cumplir con los objetivos para los que fue
creada, y muchas más acciones sugeridas en mi intervención, para demostrar que existe un compromiso real
en el Poder Judicial de Puebla para incorporar la PEG, tanto al interior de su estructura orgánica -mandos
superiores y medios-, como en el acceso
de las mujeres que exigen atención y justicia.
No olvidar que la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) publicó un Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género
(PEG) que en muchas ocasiones pareciera que en Puebla no se atiende.
Lograrlo por supuesto pasa por incorporar el
Principio de Paridad en la Ley Orgánica del Poder Judicial y es urgente.
@rgolmedo
Palabra
de Mujer Atlixco
rociogarciaolmedo.blogspot.com
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